Lima, 11.07.23. Ante las erróneas declaraciones del Señor Josué Gutiérrez Cóndor, Defensor del Pueblo, respecto de la vigencia y validez del Contrato de Concesión del Proyecto Vías Nuevas de Lima, Rutas de Lima desea señalar lo siguiente.
- El Defensor del Pueblo ha señalado que “no existe una sentencia firme sobre la validez del Contrato de Concesión”, lo cual es falso.
No solo hay uno, sino dos laudos con valor de cosa juzgada, dictados por tribunales arbitrales internacionales con sede en Washington, D.C., al amparo de un reglamento arbitral internacional, que confirmaron la plena validez del Contrato de Concesión, y desecharon los argumentos de nulidad planteados por la MML en ambos casos. - El Defensor del Pueblo ha indicado que “La MML solo ha invocado la caducidad del Contrato de Concesión, y no ha invocado la nulidad”, lo cual es falso.
Como se ha indicado, la MML ya ha intentado dos veces sostener la nulidad del Contrato de Concesión, y tales pretensiones han sido rechazadas por dos tribunales arbitrales internacionales distintos, habiéndose emitido el último laudo arbitral sobre la materia en diciembre de 2022. - El Defensor del Pueblo ha indicado que “el Contrato de Concesión ha sido lesivo para el Estado peruano, lo cual es falso.
Rutas de Lima ha invertido miles de millones de soles para mejorar la infraestructura vial del Perú, con el apoyo de inversionistas domésticos y extranjeros, incluyendo los principales fondos de pensión del país y el propio Estado peruano. El proyecto ha generado y mantenido miles de empleos y beneficiado sustancialmente el desarrollo de la economía de Lima y del Perú.
Por lo expuesto, las declaraciones del Defensor del Pueblo reflejan un claro desconocimiento del Contrato de Concesión y de los beneficios que ha generado el Proyecto. Tales declaraciones desinforman y confunden a la población, con las graves consecuencias que ello puede implicar, y ponen en peligro el estado de derecho en el país, el cual depende de la confiabilidad de sus instituciones y del adecuado proceder y conducta que deben observar sus autoridades.
Sobre la medida cautelar dictada por el Tribunal Arbitral Internacional que le permite a la empresa seguir operando:
- El pasado 13 de junio Rutas de Lima obtuvo, por parte del Tribunal Arbitral, una medida cautelar a su favor que suspende el procedimiento de caducidad del contrato iniciado por la Municipalidad de Lima, durante el trámite del arbitraje en curso.
- Por lo tanto, por orden del Tribunal Arbitral Internacional, Rutas de Lima continuará operando las vías concesionadas mientras se desarrolle el procedimiento arbitral siendo la única institución legitimada en estos momentos para hacerlo.
- Las órdenes emitidas por el Tribunal Arbitral internacional, incluyendo sus recientes medidas cautelares, son de obligatorio cumplimiento para las partes.
- Los actos y dichos recientes de algunas autoridades y cualquier incumplimiento de las medidas cautelares atentan contra la inversión privada y ponen a dichas instituciones fuera del estado de derecho